Cuestionado personaje utiliza medio virtuales para dejar sin efecto adquisición que cuenta con el respaldo de la prestigiosa Fábrica de Armas y Municiones del Ejército (FAME)
La compra de pistolas de última generación para la Policía Nacional del Perú (PNP) está en riesgo. Ello debido a una campaña mediática que se ha emprendido por desprestigiar el proceso ya encaminado y que permitiría que los agentes del orden cuenten con armas tecnológicamente superiores a las que hoy utilizan para resguardar a los ciudadanos.
Se trata de la adquisición de 31 045 pistolas de puño calibre 9×19 mm, cuyas especificaciones técnicas ya fueron validades y que garantizan el cumplimiento del marco normativo vigente y los requerimientos de la institución tutelar de la seguridad pública, el orden interno y el cumplimiento de la ley en el Perú.
Esta compra, que tuvo retrasos en 2025 por diversos factores, realiza bajo la modalidad de encargo en estricto cumplimiento de la Ley n.° 29314, modificada por la Ley n.° 31684, Ley de la Fabricación de Armas y Municiones del Ejército FAME S.A.C. y sus modificatorias.
Esta Ley dispone que la modalidad de encargo es de obligatorio cumplimiento por las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú y otros organismos del Estado, mientras se cumpla con el rol estratégico previsto para FAME S.A.C.
Sin embargo, pese a que el proceso está en proceso y todo se realiza de acuerdo a Ley y a las especificaciones técnicas que corresponden, han aparecido ciertos opinólogos y pseudoperiodistas que aseguran que existen irregularidades, sin explicar más detalles al respecto.
Uno de estos medios es Atenas Televisión, medio audiovisual que transmite su información por la plataforma de Facebook y que, con total sospecha, resalta en más de una de sus “noticias” la figura de Zamir Villaverde, acusado por la Fiscalía de ser operador de Pedro Castillo y vinculado al servicio de seguridad.
Fuentes conocedoras de estos procesos de adquisición, que demandan un alto presupuesto, señalan que existen intereses particulares detrás de estas compras, pues hacer que el postor de uno gane la licitación representa una importante comisión económica.
La principal crítica está en el precio de compra, que supera los 32 millones de dólares, monto algo mayor que las anteriores. Sin embargo, esta compra de pistolas marca IWI tiene un valor agregado: son tecnólogicamente superiores, tienen una mayor carga y el contrato suma un proceso de capacitación al personal que va a hacer uso de ellas y la restauración de las mismas.
Otro factor no menos importante es que esta adquisición se realiza bajo la modalidad de encargo en estricto cumplimiento de la Ley n.° 29314, modificada por la Ley n.° 31684, Ley de la Fabricación de Armas y Municiones del Ejército FAME S.A.C. y sus modificatorias. Esta Ley dispone que la modalidad de encargo es de obligatorio cumplimiento por las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú y otros organismos del Estado, mientras se cumpla con el rol estratégico previsto para FAME S.A.C.
En el 2025, el Mininter procedió a realizar la adquisición de “Chalecos Antibalas Nivel IIIA” con proveedores no domiciliados en el país, no estando en el marco de la Ley n.° 31684, recibiendo observaciones de la Contraloría General de la República, uno de los tantos motivos por los que ahora se valida la propuesta formulada por la FAME, empresa estatal que aseguró poder cumplir con el requerimiento de la Policía Nacional.
El artículo 7 de la Ley General de Contrataciones Públicas, en su literal n) establece los supuestos excluidos del ámbito de aplicación, lo cual dispone que “las contrataciones realizadas con proveedores no domiciliados en el país, cuando se cumpla uno de los siguientes supuestos: -Ante la imposibilidad de realizar la contratación a través de los mecanismos de contratación o los procedimientos de selección de la presente ley; -Y cuando el valor de las prestaciones se realice en territorio extranjero”.
En tal sentido, la adquisición de las pistolas IWI para la PNP no configura una causal para proceder con la contratación con proveedor no domiciliado en el país, toda vez que FAME SAC es competente en este y muchos otros procesos.
































