Todos los hijos tienen derecho a recibir la herencia en la misma proporción
La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) informó que Ica, Apurímac y Áncash encabezan el crecimiento de inscripciones de anticipos de herencia a nivel nacional, registrando los mayores incrementos porcentuales durante el primer semestre de este año, en comparación con el mismo periodo de 2024.
El crecimiento por departamentos es el siguiente:
Ica: 91.67 %
Apurímac: 80.77 %
Áncash: 72.04 %
Les siguen: Tumbes (50.00 %), Madre de Dios (41.67 %), Ucayali (31.82 %), Tacna (25.58 %), Junín (8.18 %), San Martín (7.69 %), Cajamarca (6.30 %), Lima (5.67 %) y Lambayeque (4.94 %).
El anticipo de herencia –también conocido como anticipo de legítima– permite a una persona transferir en vida, de forma voluntaria, parte o la totalidad de sus bienes (generalmente inmuebles) a favor de sus herederos forzosos (hijos, cónyuge, padres o abuelos), contribuyendo así a evitar futuros conflictos familiares y garantizar el respeto a los derechos sucesorios.
Todos los hijos tienen los mismos derechos
La ley establece que todos los hijos tienen derecho a recibir la herencia en partes iguales, sin importar si nacieron dentro o fuera del matrimonio, o su situación económica. El anticipo de herencia no puede excluir a ninguno de los herederos forzosos sin causa legítima (como desheredación o indignidad).
Este trámite requiere la aceptación expresa del heredero beneficiado y debe formalizarse a través de una escritura pública notarial, que posteriormente se inscribe en la Sunarp.
¿Cómo realizar el trámite?
Minuta
Elaborada por un abogado, debe incluir:
Voluntad del otorgante (anticipante)
Aceptación del beneficiario (anticipado)
Detalles del bien, su valor real y posibles cargas (hipotecas, arbitrios, etc.)
Escritura pública e inscripción
La minuta se eleva a escritura pública ante notario y se presenta ante la Sunarp para su inscripción, exclusivamente mediante el SID-Sunarp (Sistema de Intermediación Digital).
Requisitos principales
Parte notarial de la escritura pública con firma del anticipante y anticipado.
Valor asignado al bien.
Copia certificada de la partida de nacimiento o matrimonio del beneficiario (si no está incluida en la escritura).
Pago de derechos registrales.
¿Cuánto cuesta el trámite?
Depende del valor del inmueble transferido:
Hasta S/ 35,000:
Calificación: S/ 43.30
Inscripción: (Valor x 1.5) / 1000
Más de S/ 35,000:
Calificación: S/ 43.30
Inscripción: (Valor x 3) / 1000
Plazo de calificación: 7 días hábiles.
¿Qué es la cuota de libre disposición?
Es la parte del patrimonio que una persona puede donar libremente.
Si tiene hijos: hasta un tercio de sus bienes.
Si solo tiene ascendientes (padres, abuelos): hasta la mitad.
Esta cuota también puede utilizarse para beneficiar más a uno de los hijos.
Base legal: Código Civil peruano – Decreto Legislativo N.º 295.
EL DATO
Durante el primer semestre de 2025 se han inscrito 2,620 anticipos de herencia. Las regiones con mayor número de inscripciones fueron:
Arequipa (366).
La Libertad (312).
Junín (238).
Piura (196).
Lambayeque (170).
Tacna (162).
Áncash (160).
Lima (149).
San Martín (140).








































