El Ministerio de Trabajo, a través de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), se mantendrá vigilante para corregir cualquier abuso que se cometa contra los trabajadores en la aplicación de la suspensión laboral perfecta, aprobada ayer por el Gobierno para mitigar el impacto económico que genera en las empresas el estado de emergencia decretado para contener el contagio del coronavirus.
Así lo expresó el viceministro de Trabajo, Juan Carlos Requejo, quien en entrevista con Canal N, aseguró que toda irregularidad detectada puede ser denunciada por la página web del organismo fiscalizador.
«Vamos a estar preocupados de que no haya abusos. Hemos implementado una declaración jurada que será sujeta de verificación posterior. Estaremos atentos a que no existan abusos, desde ese punto de vista los trabajadores deben estar tranquilos de que no habrá abusos», indicó.
Señaló que la entidad fiscalizadora está capacitada para poner en marcha esta fiscalización, pues cuenta con una cobertura del 98% del territorio nacional, ha duplicado el número de fiscalizadores y utiliza las tecnologías articulados con Sunat.
¿Qué hacer si una empresa te plantea la suspensión perfecta de labores por algunos meses, pero igual te llaman para hacer consultas o hacer teletrabajo?, se le preguntó al viceministro.
«Son situaciones que podrían darse pero que deben ser denunciadas a través de la página de Sunafil. Si uno entra a una suspensión perfecta no se le debería dar ninguna responsabilidad durante ese período», manifestó.
El Gobierno promulgó ayer el Decreto de Urgencia N° 038-2020 que implementa la suspensión perfecta de labores para que empleadores y trabajadores puedan suspender sus vínculos durante 90 días como máximo, mientras que pase la emergencia por el coronavirus.
Al respecto, el viceministro Requejo dijo que se trata de una medida para preservar empleos y garantizar ingresos al trabajador y la cobertura de salud.
“Todos van a tener alternativas para asegurar sus ingresos, la CTS, AFP, y para la microempresa que no tiene CTS se tiene prevista la entrega de un bono de 760 soles», afirmó.
El decreto respectivo señala que el empleador deberá sustentar ante la autoridad de trabajo, vía declaración jurada, las razones por las que decide aplicar la suspensión perfecta de labores, y el MTPE hará la verificación correspondiente.
En el caso que la autoridad de trabajo determine que no existe correspondencia entre lo declarado y la verificado, la suspensión perfecta de labores al trabajador queda sin efecto, debiendo el empleador abonar las remuneraciones por el tiempo de suspensión transcurrido y, cuando corresponda, la reanudación inmediata de las labores.
El periodo dejado de laborar es considerado como de trabajo efectivo para todo efecto legal.